Sociedades inactivas: qué son, cómo se declaran y obligaciones

SLEY ABOGADOS

Cuando los empresarios ven que las cosas se ponen difíciles con sus negocios, pueden optar por dejarlos en standby en lugar de extinguirlos definitivamente dándoles la forma jurídica de sociedades inactivas. Vamos a ver qué son, cómo se declaran, cuáles son las obligaciones de las sociedades inactivas y cuándo es recomendable dar este paso.

Sociedades inactivas, en SLEY Abogados

Qué son las sociedades inactivas

La disolución de una sociedad mercantil conlleva ciertos trámites irreversibles y costosos, pero mantenerla quizá no salga rentable a medio y corto plazo. Por lo tanto, el empresario podría optar por una solución intermedia consistente en la suspensión provisional de la actividad económica durante un periodo no superior a un año, en lugar de dar de baja la sociedad.

Y esta es, precisamente, la definición de sociedad inactiva: una sociedad mercantil que pausa su actividad temporalmente conservando su forma jurídica y, por consiguiente, ciertas obligaciones. En virtud del texto de la Ley de prevención y lucha contra el fraude fiscal, estas sociedades no pueden realizar operaciones mercantiles.

Cómo se declara una sociedad inactiva

El trámite consiste en presentar el modelo 036 en la Agencia Tributaria marcando las casillas 140 (donde se consigna que se dejan de ejercer las actividades) y 141 (donde se indica la fecha efectiva de dicho cese). El empresario dispondrá de un mes de plazo desde la fecha indicada para presentarlo en Hacienda.

Obligaciones de una sociedad inactiva

Impuesto de Sociedades

Las sociedades inactivas deben seguir presentando el IS (Impuesto de Sociedades) durante el periodo en el que permanezcan bajo esta forma jurídica.

Cuentas anuales

También se conserva la obligación de llevar la contabilidad de la sociedad, incluyendo la legalización de los libros, la aprobación en Junta General de las cuentas y su posterior depósito en el Registro Mercantil.

IVA

Las sociedades inactivas no tienen por qué presentar la declaración trimestral de IVA (modelo 303), ya que no pueden emitir facturas y no pueden deducirse gastos.

Sin embargo, si durante el año ha habido actividad, esta deberá ser consignada en las declaraciones correspondientes al periodo de las transacciones, estando la sociedad obligada a presentar también el modelo 390 si se quisiera solicitar la devolución del IVA correspondiente al último trimestre del año fiscal.

Retenciones

Es factible que, aun estando inactiva, la sociedad tenga que afrontar gastos por servicios profesionales o arrendamientos de locales u oficinas. Si tales gastos conllevasen la aplicación de retenciones fiscales, se deberán liquidar e ingresar mediante los modelos 111, 190, 115 y 180.

¿Merece la pena dejarla o liquidarla?

Dejar inactiva una sociedad supone ahorrarse los costes de disolución y de posterior constitución si el empresario decidiese volver a abrir el negocio. No obstante, si las obligaciones con la Administración no fuesen atendidas, la sociedad se expone a cuantiosas sanciones.

La recomendación general es mantener esta forma durante el menor tiempo posible, ya que se podría incurrir en gastos de mantenimiento excesivos, puesto que no hay posibilidad de generar ingresos durante ese periodo.

Las sociedades inactivas son una forma jurídica que da una solución temporal a aquellos empresarios a los que les conviene cesar su actividad sin cerrar completamente el negocio. No obstante, si la situación se prolongase más allá de lo que prevé la normativa, el administrador podría tener que enfrentarse a más problemas de los que soluciona esta medida.

Consulta otras entradas relacionadas de nuestro blog, como esta sobre distintos tipos de sociedades mercantiles en nustro blog, o esta sobre las sociedades irregulares, o esta sobre las sociedades unipersonales.

En Sley Abogados te asesoramos en todos los pasos a tomar. Ponte en contacto con nosotros y te daremos más información.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Necesitas un abogado en Madrid?

Sley Abogados Contacto

Contacta con nosotros

Categorías

Scroll al inicio

SLEY ABOGADOS