Generalmente, la sociedad tiene un concepto de empresa que se relaciona con un grupo de varias (o muchas) personas que trabajan en conjunto para realizar una actividad determinada y cumplir sus objetivos. Sin embargo, debemos saber que también existen algunas compañías que están formadas por un único socio involucrado, siendo este el caso de la sociedad unipersonal.
Qué es una sociedad unipersonal
Según la Ley de Sociedades de Capital, normativa que rige este tipo de empresas, la sociedad mercantil unipersonal es aquella que se constituye por un único socio, independientemente de que este sea una persona física o jurídica. Además, también incluye a todas las sociedades que tengan dos o más socios, pero el total de sus participaciones sean propiedad exclusiva de uno de ellos.
Tipos de sociedades unipersonales
La clasificación de los tipos de sociedad mercantil unipersonal se realiza atendiendo a tres criterios fundamentales:
- Según la forma societaria. Una sociedad unipersonal puede ser anónima (compartiendo características con las SA, pero habiendo un único socio propietario de las acciones), o limitada (todas las participaciones personales son de un solo socio). También puede adquirir la forma de Sociedad Limitada Nueva Empresa Unipersonal. Las características de la sociedad limitada unipersonal también se comparten con las de una SL común.
- Según el momento de obtención de la unipersonalidad. Las sociedades unipersonales pueden ser sobrevenidas, en los casos donde había varios socios y termina quedando uno (no hay necesidad de transformar la sociedad), o bien originarias, donde un único socio funda la empresa y es dueño de la totalidad de sus participaciones.
- Según su titularidad. Pueden ser públicas o privadas. Una SU privada sigue la normativa de la Ley de Sociedades de Capital, mientras que una pública tiene algunas peculiaridades, como la del socio frente a los contratos o la no aplicación de algunos puntos relacionados con la publicidad de la unipersonalidad.
Constitución de una sociedad unipersonal
Existen dos vías para constituir una sociedad unipersonal:
- Constituirla desde cero. Si estamos en el caso donde una persona va a constituir una nueva sociedad y lo hará con carácter unipersonal, tendrá que formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro Mercantil, siguiendo los procesos correspondientes y cumpliendo con los requisitos que expondremos más adelante.
- Transformación a SU. Puede darse el caso en el que una empresa tenga dos o más socios y decidan vender sus participaciones a uno de ellos, pasando a tener un socio único y ganando el carácter de unipersonal. En este caso, hay que inscribirlo también en el Registro Mercantil, ya que la condición de unipersonalidad siempre debe ser pública.
Requisitos para constituir una sociedad unipersonal
Los requisitos para constituir una sociedad mercantil unipersonal son los siguientes:
- Existencia de un único socio fundador (o transmisión de la totalidad de las acciones a un único socio, como vimos anteriormente).
- Redacción de los estatutos e inscripción en el Registro Mercantil.
- Obtención de certificado de denominación social.
- Posesión de NIF.
- En caso de constituirla desde cero, aportar un capital social mínimo de 3000 euros (para las SLU), o de 60 000 euros (para las SAU).
Visto este tipo de sociedad, podemos identificar las particularidades de este tipo de empresas para distinguirlas del resto de formas jurídicas que tenemos actualmente en España. Pese a que muchos deciden emprender eligiendo la forma de sociedad mercantil unipersonal, existen también bastantes casos en los que un socio termina con todas las participaciones y la empresa se transforma, adquiriendo esta nueva forma.
Si quieres saber más, consulta nuestra entrada sobre tipos de sociedades mercantiles en España, en el blog de Sley Abogados.