Mediador concursal: cuáles son sus funciones

SLEY ABOGADOS

Cuando una empresa no puede hacer frente a sus deudas aparece la figura del mediador concursal. Este profesional es clave para la resolución de los conflictos provocados por falta de pago. 

Mediador concursal, SLEY Abogados

Qué es un mediador concursal

El mediador concursal es un profesional que se encarga de agilizar las negociaciones cuando el deudor es insolvente. Suele intervenir también en los casos en que se activa el mecanismo de segunda oportunidad. 

Es de utilidad para alcanzar un acuerdo, ya que comunicará las propuestas y tratará de acercar posiciones. 

Nombramiento de un mediador concursal

El nombramiento del mediador concursal lo lleva a cabo el Notario o Registrador Mercantil a través del que se haya solicitado la Segunda Oportunidad. 

Para nombrarlo se debe seguir el orden establecido en las listas correspondientes. El acceso a las listas se hace mediante la remisión del Registro de Mediadores e Instituciones de Mediación del Ministerio de Justicia, siempre que se cumplan los requisitos, que son los siguientes:

  • Contar con pleno ejercicio de sus derechos civiles.
  • Haber finalizado estudios universitarios o de formación profesional superior. 
  • Tener formación específica relacionada con el puesto.
  • Contratar un seguro o garantía de responsabilidad civil.

Es posible nombrar a través de la página web de la Seguridad Social al mediador concursal. 

Funciones de un mediador concursal

Las principales funciones del mediador concursal son las siguientes:

  • Comprobar la documentación que ha facilitado el deudor y, en caso de detectar errores, solicitar que la complemente o subsane en el plazo de diez días.
  • Constatar la existencia y cuantía de los créditos en un plazo de quince días desde la solicitud de nombramiento o de diez días desde que se aceptó. 
  • Convocar una reunión para que acudan el deudor y sus acreedores en el plazo anteriormente mencionado. La reunión se debe producir en un plazo máximo de treinta días en la localidad de residencia del deudor. 
  • Remitir a los acreedores el acuerdo extrajudicial de pagos quince días antes de la celebración de la reunión. 

Cuál es su remuneración

La retribución del mediador concursal se encuentra regulada en el RD 1860/2004.

Para calcular los honorarios del mediador concursal se tiene en cuenta el activo y el pasivo del deudor. Además, si se prevé que el concurso será complejo, el mediador recibirá entre un 10 % y un 80 % extra si es una empresa. 

En el caso de deudores que sean personas físicas y no sean empresarios se aplicará un porcentaje reductor del 70 %. Si es empresario, este porcentaje será del 50 %.

Además, le corresponde una retribución complementaria del 0,25 % del activo si se aprueba el acuerdo extrajudicial de pagos.

El mediador concursal es el encargado de ayudar en las negociaciones entre deudor y acreedores. Es nombrado por el Notario o Registrador según el orden establecido en las listas. Comprobará la documentación y la existencia de créditos y su cuantía, convocará reunión y enviará el acuerdo extrajudicial de pagos. Su remuneración está regulada y para calcularla se tiene en cuenta el activo y el pasivo del deudor, aplicando porcentajes extra y reductores, según corresponda. 

Si necesitas la ayuda de un mediador concursal, desde SLEY Abogados ponemos a tu disposición a nuestro mejor equipo para resolver el caso lo antes posible y de la mejor manera. Para saber más de concurso de acreedores, visita nuestro blog.

En Sley Abogados te asesoramos en todos los pasos a tomar. Ponte en contacto con nosotros y te daremos más información.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Necesitas un abogado en Madrid?

Sley Abogados Contacto

Contacta con nosotros

Categorías

Scroll al inicio

SLEY ABOGADOS