Consejo de administración de una sociedad limitada: en qué consiste

SLEY ABOGADOS

Las sociedades, tanto limitadas como anónimas, cuentan con ciertos órganos de administración y representación. El máximo órgano en este sentido es el consejo de administración de la sociedad limitada o anónima. El objetivo último de este órgano es tomar decisiones relativas a la entidad de forma democrática.

Consejo de administración de una sociedad limitada, en SLEY Abogados

Qué es un consejo de administración

El consejo de administración de una empresa es el máximo órgano de administración de una sociedad mercantil. Desde el consejo de administración, se toman decisiones que afectarán a todas las áreas de la empresa, marcando las directrices de funcionamiento al equipo de dirección de la entidad.

Cómo funciona el consejo de administración de una sociedad limitada

El consejo de administración es un órgano colegiado y corporativo que, teniendo en cuenta los intereses de los accionistas y de la propia sociedad, tomará decisiones empresariales por mayoría.

Todas las decisiones se deberán adoptar a través de un procedimiento concreto. De este modo, el presidente deberá convocar una reunión del consejo de administración a la que, al menos, deberán acudir la mitad más uno de los consejeros. Por otro lado, los acuerdos se adoptarán por mayoría de personas y las discusiones quedarán plasmadas en un libro de actas que se firmará al finalizar la reunión por el presidente y el secretario.

Quién lo compone y cuáles son sus funciones

El consejo de administración debe estar formado por, al menos, tres miembros. Además, en las sociedades limitadas en ningún caso podrá estar formado por más de 12 personas. Los componentes del consejo de administración serán elegidos por mayoría de los votos en la junta general.

El consejo de administración estará formado por una serie de agentes que llevarán a cabo algunas funciones. Así, los cargos de una sociedad limitada son los siguientes:

  • Presidente: convocará las reuniones del consejo de administración y fijará el orden del día. Además, presidirá y coordinará las reuniones y velará por el adecuado funcionamiento del consejo de administración.
  • Consejeros: están obligados a conocer la realidad de la empresa y a dar su opinión sobre el orden del día de cada reunión. Dentro de los consejos, hay tres tipos:
    • Ejecutivos: son consejeros que formarán parte del equipo directivo de la empresa.
    • Dominicales: son consejeros que representan un porcentaje de las acciones de la entidad. Así pues, están vinculados a la empresa, pero no a la gestión diaria de la misma.  
    • Independientes: son consejeros que velan por la correcta gestión de la entidad, si bien es cierto que no tienen vinculación alguna con la empresa o con sus accionistas. Así pues, son profesionales que aportarán un punto de vista independiente sobre el devenir de la entidad.

En definitiva, el consejo de administración es el órgano encargado de tomar decisiones empresariales. Tal es su importancia que, tanto a nivel nacional como europeo, existe legislación al respecto que tiene como objetivo promover las buenas prácticas, la transparencia y la igualdad de género dentro de los consejos de administración de una sociedad limitada. Así pues, son muchos los países que están actualizando su legislación para conseguir consejos de administración más democráticos. Visita la siguiente entrada si quieres saber más sobre consejos de administración de empresas.

Si tienes cualquier pregunta o necesitas asesoramiento, es conveniente contar con nuestros profesionales del derecho, ya que están especializados en asesoramiento a empresas y tienen una dilatada experiencia en este campo. 

En Sley Abogados te asesoramos en todos los pasos a tomar. Ponte en contacto con nosotros y te daremos más información.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¿Necesitas un abogado en Madrid?

Sley Abogados Contacto

Contacta con nosotros

Categorías

SLEY ABOGADOS