Una definición más o menos precisa del acto de conciliación laboral es que se trata del acto previo, en la mayoría de los casos de carácter obligatorio, a la demanda de la empresa, una vez que se ha presentado la papeleta de conciliación laboral correspondiente. Eso sí, antes de presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social (en prácticamente casi todas las reclamaciones efectuadas a empresas) es obligatorio acudir a un acto de conciliación laboral.
Al acto de conciliación han de comparecer las partes implicadas en la reclamación, normalmente, la persona trabajadora y una o varias empresas.Ante este acto, el trabajador no tiene la obligación de acudir con un abogado, aunque sería lo más aconsejable para una mejor defensa de sus intereses, lógicamente. Es más, el trabajador no tiene tampoco la obligación de presentarse al acto si otorga un poder a otra persona, con capacidad de llegar a un acuerdo. La empresa, por su parte, suele acudir por medio de un abogado o representante legal. Además de trabajador y empresa, siempre hay un letrado de la Administración, que da fe y toma buena nota del acuerdo entre las partes, en caso de que exista. A este respecto, apuntar que es muy habitual que se llegue a algún tipo de acuerdo en los minutos previos al acto de conciliación laboral.
Los acuerdos alcanzados en un acto de conciliación tiene fuerza vinculante para las partes, es decir, es de obligado cumplimiento.La principal ventaja de que alcanzar un acuerdo en el acto de conciliación, a diferencia de realizarlo en un acuerdo privado, ya sea verbal o por escrito, es que podemos solicitar al juzgado directamente que el acuerdo sea cumplido mediante un procedimiento de ejecución.
Por ejemplo, si acordamos con la empresa que nos pague 10.000 euros, y no lo hace, podremos mediante un procedimiento de ejecución en el juzgado que averigüe que patrimonio tiene la empresa y lo embargue para satisfacer las cantidades que nos adeuda. Este procedimiento, en función de los bienes de la empresa, puede demorarse unos dos o tres meses. En caso de que la empresa carezca de bienes, se emitirá un decreto de insolvencia y pagará el FOGASA.
¿Para que nos puede ser útil la conciliación laboral?
El acto de conciliación es obligatorio en la mayoría de los procedimientos judiciales de reclamación de algún derecho a la empresa.Ahora bien, este procedimiento es también bastante útil para recoger cualquier acuerdo con la empresa.Por ejemplo, de nuevo horario, de un acuerdo de subida salarial en un par de años o de cualquier pacto sobre mejora de las condiciones laborales.
Así, en caso de incumplimiento, y tal y como explicamos en la cuestión anterior, podrás solicitar al juzgado que la empresa cumpla con lo acordado de manera más rápida que si dicho acuerdo se realizará en un documento privado o de manera verbal, que a lo mejor no podremos demostrar.
El plazo para la impugnación es de 30 días hábiles desde que se celebró el acuerdo, y la causa por la que se puede considerar que el acuerdo es nulo es si existe vicios en el consentimiento.Esta impugnación se debe de realizar en el juzgado de lo social competente en el que hubiéramos presentado la demanda. Un vicio en el consentimiento implica la existencia de un engaño o coacción realizado por la otra parte que obligó a firmar lo que no querías o que has firmado lo que desconocías o no entendías.
La existencia de un letrado en el acto de conciliación que da fe del acuerdo complica la acreditación de este extremo. Además de que la carga de la prueba siempre recae sobre la persona trabajadora que alega un vicio.